La campaña de la declaración de la renta correspondiente al año 2023 comienza el próximo 3 de abril. A continuación te resumimos los puntos más importantes que tienes que tener en cuenta como contribuyente:
Novedades
Exentos de declarar:
- Los contribuyentes con dos o más pagadores, con ingresos inferiores a 15.000 euros, siempre que el segundo no supere los 1.500 euros.
- Los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros anuales con carácter general también están exentos de declarar. Esta cantidad también se aplica a quienes tienen dos pagadores cuando se encuentran en alguno de los siguientes casos:
- Cuando, procediendo de más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
- Cuando se trate de pensionistas cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas.
- Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
Obligados a declarar:
- Los contribuyentes con ingresos superiores a 22.000 euros.
- Los contribuyentes con dos o más pagadores, con ingresos inferiores a 15.000 euros, siempre que el segundo supere los 1.500 euros.
- Los autónomos, que en cualquier momento de 2023 hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, estarán obligados a declarar.
Calendario del contribuyente
Éstas son las fechas claves que los contribuyentes tienen que tener en cuenta para la campaña de la declaración de la renta 2023:
- 15 de febrero de 2024: acceso al borrador de la renta 2023 tanto a través de la sede electrónica como de la app de la Agencia Tributaria
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
Tramos para la declaración del IRPF 2023
- Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
- Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
- Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
- Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
- Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
- Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Esta tabla es una estimación sumando el gravamen estatal y el autonómico, tomando como referencia para este segundo los tipos aplicables a los contribuyentes no residentes en España.
Como nota aclaratoria, hay que decir que el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior. Por ejemplo, si una persona ingresa 22.000 euros brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% de los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros (tercer tramo).
Para saber si estás obligado o no a realizar la renta, es clave identificar qué rentas están exentas y cuáles no. Pero, por eso no te preocupes. Nosotros te ayudamos.